A- de 2022
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Ministerio De Educacion Nacional Fnpsm·Demandado Trejos Santa Gilma Del Socorro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito Judicial de Manizales y el Juzgado Octavo Civil Municipal de la misma ciudad.
La controversia se dio en ocasión de un proceso ejecutivo interpuesto por el Ministerio de Educación Nacional y Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio, en contra de un particular, con el objetivo de que se libre mandamiento de pago sobre costas procesales de un proceso ordinario declarativo anterior entre las partes.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Con base a lo anterior, la Corte ordena remitir el expediente al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Manizales, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito Judicial de Manizales y el Juzgado
- Octavo. Civil Municipal de Manizales, y DECLARAR que el conocimiento de solicitud de ejecución de providencia judicial presentada por Néstor Rafael Triviño García, como apoderado sustituto del Ministerio de Educación Nacional - Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio, corresponde al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Manizales.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1666 al Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Manizales para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida solicitud y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Octavo. Civil de Manizales y, a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.